Víctima del conflicto armado (RUV)
La ley reconoce como víctima a quien sufrió un daño por el conflicto armado desde 1985. Para una beca no basta con serlo: tu cédula debe aparecer como “incluida” en el Registro Único de Víctimas.
Víctima del conflicto armado es una categoría legal, no una opinión. La Ley 1448 de 2011 la aplica a quien sufrió un daño —de forma directa o como familiar— por hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985 con ocasión del conflicto armado interno: desplazamiento, homicidio de un pariente, desaparición, secuestro, reclutamiento de menores, violencia sexual, minas, amenazas.
El RUV (Registro Único de Víctimas) es la base de datos donde el Estado deja constancia de eso. Lo administra la Unidad para las Víctimas. Y ahí está la trampa que más duele en las convocatorias: haber vivido el hecho no te inscribe solo. Alguien tuvo que rendir una declaración ante el Ministerio Público (personería, defensoría o procuraduría) y la Unidad tuvo que decidir incluirte.
Lo que debes revisar antes de aplicar a un fondo:
- Que tu estado en el RUV diga “incluido”, no “en valoración” ni “no incluido”.
- Que aparezcas tú, con tu número de documento. A veces quedó registrada solo la persona que declaró y no todo el núcleo familiar.
- Que el certificado esté reciente: varias convocatorias piden uno expedido hace pocos meses. Se descarga gratis en la página de la Unidad; nadie debe cobrarte por él.
El fondo de ICETEX para población víctima pide exactamente eso: estar incluido en el RUV o ser reconocido como víctima en sentencias de Justicia y Paz, Restitución de Tierras, la Jurisdicción Especial para la Paz o la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Si crees que tienes derecho y no apareces, declarar es gratis, pero la ley fija plazos para hacerlo y la valoración de tu caso toma semanas. No lo dejes para la semana del cierre de la convocatoria.
¿Esto le sirve a alguien de tu familia?
Trámites como el Sisbén son de la familia. Envíale esta guía a tu acudiente para que la lean juntos.
Enviar a mi acudienteFuentes oficiales
- Registro Único de Víctimas (RUV) — Unidad para las Víctimas · consultada el 30 de julio de 2026
- Ley 1448 de 2011 (arts. 3 y 154) — Función Pública, Gestor Normativo · consultada el 30 de julio de 2026
- Población víctima del conflicto armado en Colombia — ICETEX · consultada el 30 de julio de 2026