¿Qué es la educación informal?
La franja de los cursos cortos: sin registro, con constancia de asistencia
La ley colombiana llama educación informal a todo conocimiento adquirido de forma libre y no estructurada. Dentro de esa franja, la oferta organizada son los cursos de menos de 160 horas: no requieren registro ante la secretaría de educación y solo pueden expedir una constancia de asistencia.
La educación informal es una de las tres franjas en que la ley colombiana divide la formación. El nombre confunde: no quiere decir improvisada ni de mala calidad. Quiere decir que la ley la dejó fuera del sistema de registros, y eso tiene consecuencias concretas sobre el papel que recibes al terminar.
Qué dice la ley que es
El artículo 43 de la Ley 115 de 1994 la define así: "Se considera educación informal todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados".
Es una definición amplia a propósito: cubre desde un video que viste hasta lo que aprendiste mirando a alguien trabajar. Lo que sigue tiene que ver con la parte de esa franja que alguien ofrece como curso.
La oferta organizada: el techo de las 160 horas
El Decreto 4904 de 2009, compilado en el Decreto 1075 de 2015, dice que la oferta de educación informal "tiene como objetivo brindar oportunidades para complementar, actualizar, perfeccionar, renovar o profundizar conocimientos, habilidades, técnicas y prácticas".
Y le fija un techo de duración: hacen parte de esta oferta los cursos con una duración inferior a ciento sesenta (160) horas. Su organización, oferta y desarrollo no requieren registro ante la secretaría de educación de la entidad territorial.
Ojo con leerlo al revés: pasar de esas horas no asciende un curso a otra franja. Para expedir un certificado de aptitud ocupacional hacen falta licencia de la secretaría de educación y el programa registrado, y eso no lo da la duración.
Qué te pueden entregar al terminar
Una sola cosa: la norma dice que estos cursos "solo darán lugar a la expedición de una constancia de asistencia".
No un título. No un certificado de aptitud ocupacional. Una constancia de que asististe. Eso no la vuelve inútil —lo que aprendiste es tuyo y se puede demostrar de otras formas—, pero sí define qué puedes y qué no puedes decir que tienes.
La frase que la ley obliga a poner
Este es el punto que casi nadie conoce, y protege a quien está comprando formación. El mismo numeral establece que "toda promoción que se realice, respecto de esta modalidad deberá indicar claramente que se trata de educación informal y que no conduce a título alguno o certificado de aptitud ocupacional".
Es decir: quien te vende un curso corto está obligado a decírtelo. Si un anuncio no lo dice, o si usa el nombre de una carrera universitaria para describir un curso de unas pocas semanas, esa omisión es en sí misma una señal.
Dónde encaja frente a las otras franjas
- Educación formal: preescolar, básica, media y educación superior. Los programas de educación superior están registrados en el SNIES y otorgan títulos.
- Educación para el trabajo y el desarrollo humano: la franja intermedia. Requiere licencia de la secretaría de educación y registro del programa, y expide certificado de aptitud ocupacional.
- Educación informal: esta. Menos de 160 horas, sin registro ante la secretaría de educación, constancia de asistencia. Por esa obligación de declararlo, cada ficha del catálogo de cursos en línea de MIAcademia lleva escrita su franja.
Una cuarta cosa que existe en la práctica pero no en la ley colombiana son las certificaciones de industria que expiden fabricantes de tecnología. No son ninguna de las tres franjas.
Preguntas frecuentes
¿Un curso de educación informal sirve para algo?
¿Por qué se llama "informal" si es un curso serio?
¿Cómo sé si un curso es educación informal?
¿Esto le sirve a alguien de tu familia?
Trámites como el Sisbén son de la familia. Envíale esta guía a tu acudiente para que la lean juntos.
Enviar a mi acudienteFuentes oficiales
- Ley 115 de 1994 — Ley General de Educación (artículos 36 a 43; el 43 define la educación informal) — Gestor Normativo, Función Pública · consultada el 1 de septiembre de 2026
- Decreto 4904 de 2009 (organización de la educación para el trabajo y el desarrollo humano; numerales 3.1, 3.3 y 5.8) — Gestor Normativo, Función Pública · consultada el 1 de septiembre de 2026
- Decreto 1075 de 2015 — Decreto Único Reglamentario del Sector Educación — Gestor Normativo, Función Pública · consultada el 1 de septiembre de 2026